Conclusión fundamentada, planteada a partir de los aspectos teóricos revisados, considerando las siguientes interrogantes:
a) ¿Comparten los principios de la ética cortical propuestos por Adela Cortina?
Si compartimos los principios de la ética cordial propuestos por Adela Cortina, ya que son la base para permitir la autorrealización individual, lo cual se refleja en una convivencia social.
La sociedad nunca podrá ponerse de acuerdo en cuanto a los máximos, ya que cada persona tiene distintas ideas de autorrealización.
b) ¿Agregarían otros principios, cuáles?
Creemos que todos los principios propuestos por Adela Cortina se relacionan con el caso estudiado, excepto el principio de responsabilidad por los seres indefensos no humanos.
No instrumentalizar a las personas: Toda persona es fin en sí mismo, no un medio para algo, lo cual está directamente relacionado con que no podemos dañarlos, dando origen de esta forma al principio de no maleficencia.
Al expulsar a las niñas del colegio no se cumple este principio, ya que las personas que rodearon la situación las instrumentalizaron primero porque las dañaron en su integridad moral, les negaron el derecho a educación y finalmente porque las utilizaron llevándolas a representar una mala imagen del colegio (“si se sabe que esto pasó el colegio tendrá un menor prestigio”)
NO SE LES PUEDE IMPONER UN FIN A LAS NIÑAS, YA QUE ELLAS TIENE DERECHO A ELEGIR SUS PROPIAS METAS. (IMPONIENDO ORIENTACION SEXUAL “ACEPTADA SOCIALMENTE”).
AUNQUE ELLAS QUIERAN VELAR POR SUS INTERESES SIEMPRE ESTARÁN COHARTADAS POR LAS REPRESIONES DE LA SOCIEDAD, LO CUAL NUNCA LES PERMITIRA EXPRESARSE LIBREMENTE YA QUE SUS ACCIONES ESTAN DELIMITADAS POR LO ACEPTADO SOCIALMENTE.
Distribución equitativa de los recursos: (justicia es la primera virtud de los sistemas sociales.). La aspiración a la igualdad es indeclinable. “NINGUN CIUDADANO SE VA A SENTIR TAL EN SU SOCIEDAD, MIEMBRO DE ELLA E IMPLICADO EN ELLA, SI LA SOCIEDAD N MUESTRA INTERÉS POR ÉL, VELANDO POR SUS DERECHOS”. EL CIUDADANO DEPENDE DE LA SOCIEDAD Y VICEVERSA. Compromiso y voluntad de la sociedad para generar cambios de los sistemas actuales.
Las personas debieran ser capaces de buscar instancias de diálogos “IDEALMENTE”, pero en Chile no existen instituciones que amparen y respalden aquellas instancias (la controversia social solo empieza cuando hay una tragedia).
“Visión cordial: las personas tiene igual dignidad diversas capacidades e identidades, quien no tiene este visión es ciego con las injusticias cometidas a los vulnerables.”
c) ¿Cuáles son las características del (los) principio(s), cuál es su fundamento filosófico? ¿Cómo se aplica(n) a la situación planteada?
Principio de empoderar a las personas:
Se caracteriza por definir que respetar la dignidad humana exige empoderarlos para poder llevar a delante sus proyectos de autorrealización, actuando positivamente para potenciar las capacidades de las personas. La sociedad está obligada, como un mínimo de justicia, a fortalecer ese poder, a empoderarle para que sea sujeto agente de su vida.
Fundamento filosófico: KANT: “EL HOMBRE ES EN SI MISMO UN FIN, NO UN MEDIO” DE MODO QUE TIENE COMO DEBER PROPONERSE COMO FIN AL HOMBRE EN GENERAL. *POLITICA
En las situaciones planteadas no se están respetando el mínimo que es la educación (por la discriminación a la orientación sexual de las alumnas, no siento respetadas sus libertades) para que las alumnas puedan desarrollar sus máximos que es el proyecto de vida buena, justa y feliz.
Por un lado, podemos considerar que la libertad a la orientación sexual no daña en la práctica la integridad de las demás personas, debido a que "nadie es un medio sino que todos son un fin en sí mismos" y la libertad tiene este límite de no dañar a otras personas con sus propios actos, lo que se diferencia del libertinaje.
Además, la sociedad está obligada a empoderarse para respetar los DDHH e incluso las leyes que por sí mismas no garantizan sus conceptos, para así ser agentes de su vida y no pacientes como se podría inferir que las alumnas fueron.
Principio de capacidades básicas y derechos humanos:
Este principio se caracteriza por definir a los derechos humanos son exigencias éticas, que lo componen las libertades de las personas, siendo estas libertades las capacidades, oportunidades y características de las personas.
Además la viabilidad y universalidad de los DDHH dependen de la capacidad para sobrevivir al escrutinio crítico en el razonamiento público, siendo necesario el proceso de aceptabilidad, bajo el cual se espera una más alta adhesión que en la aceptación.
Fundamento filosófico: A PARTIR DE KANT: “NO BASTA CON QUE SE RECONOZCA LA DIGNIDAD DE LA PERSONA Y SE EVITE DAÑARLA, SI NO QUE COMO EL HOMBRE ES UN FIN EN SI MISMO Y SE DEBE HACER TODO LO POSIBLE PARA QUE SE LE VEA COMO FIN, LAS ESTRUCTURAS SOCIALES DEBEN FACILITAR TODO AL HOMBRE PARA QUE SEA UN FIN.” LA SOCIEDAD DEBE FACILITAR QUE CADA UNO SEA AGENTE DE SU VIDA. SE BASA FUNDAMENTALMENTE EN EL VALOR DE LA LIBERTAD HUMANA, Y ESTA ES CAPACIDAD PARA QUE EL PROPIO HOMBRE AGENCIE SU VIDA.
"Las capacidades potenciadas con las herramientas nos llevan a desarrollar el máximo", entendiéndose en este caso a las capacidades como el mínimo del acceso a la educación, a las herramientas como los DDHH y las leyes que debiesen garantizar el acceso a la educación y la libertad, y al máximo como el proyecto de vida buena, justa y feliz.
Para que esto ocurra la sociedad debe entregar las herramientas para hacer valer los DD.HH, para lo cual la sociedad debe ser pluralista, lo cual no se da en la sociedad chilena, ya que pese a que CHILE SE DEFINE CONSITUCIONALMENTE COMO UNA SOCIEDAD PLURALISTA, LA SOCIEDAD NO LO DEMUESTRA EN EL ACTUAR, LO QUE SE EVIDENCIA EN ESTE CASO CON LA DISCRIMINACIÓN.
Por lo tanto, en estos casos las capacidades no están potenciadas por los DDHH y leyes que debiesen garantizar la educación y la libertad.
Al mismo tiempo, se podría inferir que los DDHH como normas morales no han sido internalizados por los participantes de estos casos bajo el proceso de aceptabilidad ni aceptación, ya que tanto por los profesores que no respetan los DDHH y leyes como también por las alumnas que supuestamente no exigen su cumplimiento.
Por otro lado, “hay que distinguir entre los valores que son favorecidos en una sociedad de forma dominante y los valores para los que cabe esperar una más amplia adhesión cuando se permite una discusión amplia”. Los valores aceptados socialmente son los verdaderamente respetados (la sociedad acepta como valores las mayorías, quedando las minorías excluidas, lo que demuestra que Chile no es una sociedad pluralista) (EJ: LEY ZAMUDIO – DD.HH) SOLO EXISTE UNA AMPLIA DISCUSIÓN CUANDO LOS VALORES SON MARCADOS POR UNA TRAGEDIA.
Principio de la participación dialógica de los afectados:
Este principio se caracteriza por referirse a tener en cuenta la opinión de los directamente afectados en la situación y que en la medida de los posible la expresen a través del dialogo. Es decir, exige la participación ciudadana, ya que es desde allí donde se toman las decisiones que dirigirán directrices para formular nuevas leyes. Aquí se incluyen los derechos de libertad de expresión y discusión tomándose como un factor de desarrollo, validándose en que los mejores intérpretes de algunas necesidades que carezcan de asistencia son los propios afectados. De esto se desprende que no se puede legislar sin tomar en cuenta a los protagonistas.
Fundamento filosófico: KANT: EN FUNCION DE LA IGUALDAD DE CAPACIDADES, TODOS TENEMOS LA MISMA DIGNIDAD Y NADIE ES UN MEDIO PARA ALGO.
Se relaciona con el principio anterior en el sentido de que lo ideal para legislar sobre ciertos temas es tener la opinión de las personas afectadas en ese ámbito, pero como dijimos anteriormente en la actualidad no hay instituciones que los amparen al momento de exponer sus problemáticas.
d) ¿Qué se puede reflexionar en relación a los principios mínimos y la realidad contemporánea? ¿Cuáles mínimos consideran indispensables alcanzar, y cómo?
En la actualidad (año 2013) en Chile existen leyes que garantizan la educación y la no discriminación y DDHH que garantizan la educación y la libertad. Sin embargo, en la práctica los DDHH no garantizan sus mínimos si no existe un proceso de aceptabilidad ni aceptación al derecho a la educación y a la libertad, e incluso las leyes no garantizan los mínimos de educación y de no discriminación si estos procesos no están presentes en la sociedad.
Por otro lado, en la realidad contemporánea se puede observar que existe un límite moral sobre la orientación sexual, lo que define que la orientación sexual homo o bisexual genera un daño moral y a las buenas costumbres. Sin embargo se podría inferir que la conducta de estas alumnas procuraría no agredir estos límites, ya que actuaron fuera de las instituciones educacionales que tienen sus propios valores y normas morales.
Además hay que considerar:
El límite entre libertad y libertinaje: la libertad termina donde empieza la libertad del otro.
Límites propios
Transgeneracional: las generaciones actuales han
Heterogeneidad: no existe un pensamiento establecido que rija lo moralmente aceptado (la sociedad acepta como valores las mayorías, quedando las minorías excluidas).